Qué plazo tiene una aseguradora para pagar un siniestro en Argentina
Al momento de sufrir un accidente, el reclamo al seguro y esperar su respuesta son momentos claves. Cuánto tardan en pagar el siniestro.
Ser protagonista de un accidente de tránsito es un duro momento, y las horas posteriores, donde el seguro debe responder y pagar el siniestro, es otro tiempo de zozobra.
El artículo 56 de la ley 17.418 establece el plazo dentro del cual el seguro debe pronunciarse sobre el derecho a indemnización del asegurado, fijándolo dentro de los 30 días de recibida la información complementaria, bajo pena en caso de silencio de considerar aceptado el siniestro.
Si bien cada accidente y cada aseguradora tiene sus tiempos, ese es el plazo para pronunciarse, aunque generalmente se extiende mucho más el tiempo de pago.
Por eso, además de la amplitud del alcance del seguro y la buena calidad de atención al usuario, uno de los aspectos más valorados a la hora de contratar una cobertura está relacionado con su correcto accionar frente a eventualidades.
¿Cuánto tiempo tiene una compañía de para pagar un siniestro?
Como parte de conocer el plazo de actuación del seguro, es importante conocer los pasos que van a seguir cuando son notificadas acerca de un imprevisto por sus asegurados.
Para los propietarios de los vehículos, uno de los pasos a seguir al sufrir un siniestro o accidente consiste en notificar a la aseguradora. De acuerdo a lo que prevé el artículo 46 de la Ley de Seguros 17.418, los tomadores deben comunicar lo sucedido a la compañía de seguros dentro de las 72 horas posteriores al hecho.
Es importante respetar este plazo porque, caso contrario, puede perderse la suma asegurada, salvo que se acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad. A su vez, el asegurado tiene la obligación de proporcionarle a la compañía toda la información necesaria para verificar el siniestro y permitirle que haga las indagaciones pertinentes.
Una vez que ha sido notificado, el seguro puede requerir datos y pruebas adicionales, así como examinar las actuaciones administrativas y/o judiciales relacionadas con la investigación del accidente o siniestro.
Tal como se explicó, la ley de Seguros en su artículo 56 establece que el asegurador debe expedirse sobre el derecho del asegurado en un plazo no mayor a los 30 días desde que se recibió la información complementaria eventualmente solicitada.
¿Cuál es el plazo de la aseguradora para aceptar o rechazar el siniestro?
En términos prácticos, el plazo de pago depende de cada aseguradora, así como de diferentes factores que inciden en el proceso.
Sin embargo, si bien protagonizar un choque o un accidente con su automóvil no es una situación deseada por ningún conductor, es fundamental que quienes manejan sepan cuáles son los pasos a seguir en caso de sufrir un siniestro vial para que no falte ninguna documentación que pueda servir a la aseguradora.
Lo primero que hay que pensar, es en resguardar la integridad de las personas, y verificar si hay algún lesionado. Si es así, es imprescindible pedir asistencia médica al 107 (SAME) o al 911 (emergencias) detallando el lugar exacto del hecho, la cantidad de víctimas, el estado en el que se encuentran y todos los datos que te soliciten.
Si no hay heridos o ya se llamó al servicio de emergencias, hay que intentar colocar el auto en un lugar seguro para no entorpecer la circulación de otros vehículos y evitar un nuevo accidente. Si no se puede hacer, colocar las balizas o encender las luces del auto para alertar a los otros conductores.
Intercambiar datos y recolectar información
Cuando no hay nadie en peligro o las personas lesionadas ya están siendo atendidas, llega el momento de hacer el intercambio de datos entre las partes intervinientes y de los seguros.
De acuerdo a lo que prevé el artículo 65 de la Ley de Tránsito 24.449, en un siniestro vial es obligatorio suministrar los datos de la licencia de conducir y del seguro automotor obligatorio a la otra parte y a las autoridades intervinientes, así como pedirle a la otra parte los mismos documentos.
Por otro lado, si bien la normativa no lo establece, es muy importante que se registren una serie de informaciones que agilizarán los trámites ante la compañía de seguros y ante la delegación policial, como, por ejemplo:
- Dominio o patente, marca, color y modelo del vehículo
- Nombre de la aseguradora, número de póliza y nombre del titular del rodado. Si es un taxi o colectivo, es necesario solicitar el número de interno
- Nombre completo del conductor, DNI, domicilio, teléfono y licencia de conducir
- Fecha, hora y lugar del siniestro vial (calle, avenida, intersección de calles, numeración, sentido de circulación, autopista), así como también condiciones climáticas (niebla, lluvia, granizo) y de la calzada (resbaladiza, defectuosa)
- Si hay lesionados, nombres, DNIs, direcciones y teléfonos
- Caso haya testigos, también se piden nombres, DNIs, teléfonos y direcciones
Es recomendable tomar fotos del lugar donde se produjo el siniestro vial, así como de los daños producidos en los rodados involucrados y de las eventuales marcas de frenado.
Realizar la denuncia policial
Una vez que se ha reunido toda la información necesaria, es preciso acercarse a la comisaría de la jurisdicción correspondiente al lugar donde ocurrió el siniestro para realizar la correspondiente denuncia policial.
Se recomienda hacerla dentro de las primeras 48 horas hábiles desde el incidente, para luego poder presentarla ante la compañía aseguradora.
Cabe aclarar que cuando hay terceros lesionados (es decir, personas diferentes al conductor y su grupo familiar) o robo total del vehículo, la denuncia policial es fundamental.
Contactar a la compañía de seguro
Es obligatorio notificar a la compañía de seguros dentro de las 72 horas posteriores al accidente o el siniestro sobre lo ocurrido. La rapidez con la que se realiza la denuncia está en estrecha relación con el costo final del siniestro, en especial cuando se trata de Responsabilidad Civil.
A su vez, el asegurado está obligado a proveer a la aseguradora toda la información necesaria para verificar las condiciones del incidente, a la vez que debe permitirle a la compañía hacer las indagaciones que crea pertinentes.
Una vez cumplimentado el proceso administrativo, la aseguradora le indica al asegurado cómo proceder para efectuar la reparación del vehículo.
Cabe aclarar que si tu póliza cubre daños parciales, es fundamental que no repares tu vehículo sin la autorización previa de la aseguradora. Por otro lado, es importante no realizar ningún tipo de acuerdo con terceros, ni firmar documentación alguna que comprometa tus intereses como asegurado, salvo que así lo autorice la compañía de seguros.
Todo lo que debés saber sobre el seguro automotor
Todo vehículo tiene que estar asegurado contra terceros para que la empresa aseguradora cubra los daños en caso de accidente de tránsito. Es el seguro obligatorio del automotor.
Se trata de un contrato que se celebra con la aseguradora, donde se asume el compromiso de pagar una suma de dinero llamada prima y la empresa aseguradora se compromete a pagar los daños que sufren otras personas si tenés un accidente de tránsito.
El seguro contra terceros sirve para que no tengas que pagar con tu dinero los gastos causados por el accidente. Otros datos para tener en cuenta son:
- Se debe asegurar todo automotor, acoplado, semiacoplado o motocicleta.
- Se debe contratar cualquier empresa aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
- El seguro se debe contratar cuando se compra el vehículo y se debe renovar periódicamente.
- El seguro debe entregar la póliza con el comprobante de seguro obligatorio automotor. Tiene que tener número de póliza; número de endoso;
- nombre, domicilio y teléfono del asegurador; vigencia de cobertura: debe indicar la hora del día en que comienza la cobertura y la hora del día en que termina la cobertura; datos del vehículo asegurado: tipo, marca, dominio (patente), número de motor y número de chasis.
Además del seguro contra terceros, existen otros que cubren otros riesgos como: robo, hurto, incendio total, granizo, todo riesgo con franquicia, todo riesgo sin franquicia, etc.
Por otro lado, los seguros no cubren daños causados por hechos de guerra, guerrilla, rebelión, terrorismo; Huelga, tumulto popular; Conducir una persona sin licencia para conducir; Carga transportada excesiva, muy inflamable o explosiva; Remolcar a otro vehículo, salvo en el caso de ayuda ocasional y de emergencia.
*Fuente: https://www.iprofesional.com/